El propósito de esta declaración de posición es subrayar la importancia y necesidad de servicios de acogida temporal de calidad para niños sordos, los cuales incluyen la comunicación eficaz, el conocimiento de temas culturales y las mejores prácticas en la entrega de servicios de acogida temporal a esta población única.
La Asociación Nacional de Sordos (NAD, por sus siglas en inglés) reconoce que la reubicación de menores al amparo de programas de apadrinamiento es un servicio esencial para niños que han sido objeto de abusos o negligencia. La acogida temporal de niños sordos involucra un enfoque integral que aborda sus necesidades físicas, cognitivas, socioemocionales, culturales, lingüísticas y comunicativas en un entorno familiar de apoyo hasta que la familia pueda reecontrarse o se puede realizar la adopción.
Como la mayoría de los niños, los niños sordos que son abusados, abandonados o alejados de sus familias o cuidadores pueden sufrir cicatrices emocionales profundas, ira incontrolable, problemas de confianza y trastornos de apego. Se necesitan servicios compasivos, accesibles y altamente especializados para niños sordos y para aquellos que puedan tener otra discapacidad, como discapacidad visual o ceguera, discapacidad cognitiva, de aprendizaje, trastornos del espectro autista y emocionales, discapacidad física o una discapacidad múltiple.
La NAD cree firmemente que los proveedores y profesionales de acogida temporal deben entender las cuestiones lingüísticas y culturales de estos niños para abordar sus necesidades únicas de manera eficaz. Dicho entendimiento es necesario para identificar si los niños sordos pueden estar sufriendo depresión crónica, sentimientos de desesperanza, tendencias de suicidio y atracción a pandillas, drogas u otra actividad ilícita que puede terminar en vivir en la calle, detención juvenil, encarcelamiento o reclusión (Vernon, 2010).
La NAD insta a los proveedores y profesionales de acogida temporal que sigan los siguientes diez lineamientos para ubicar a los niños sordos en un hogar de acogida temporal accesible y adecuado.
Lineamientos para la ubicación de niños sordos en un hogar de acogida temporal
Los agentes de referencia y profesionales que participan en la ubicación y el cuidado de los niños sordos en hogares de acogida temporal deben tomar en consideración los siguientes diez lineamientos al seleccionar el ámbito adecuado: La familia de acogida debe:
- dominar la lengua de señas estadounidense (ASL), la lengua nativa del niño, o el o los métodos de comunicación que el niño utilice para comunicarse;
- los proveedores de acogida temporal deben conocer a la comunidad sorda de la zona local donde se encuentra la familia de acogida y las oportunidades sociales y de desarrollo aptos para el niño en acogida. La familia de acogida debe ofrecer al niño oportunidades para interactuar y socializar con compañeros sordos de la misma edad y con modelos sordos adultos a seguir.
- Los proveedores de acogida temporal deben conocer los hitos de desarrollo infantil apropiados y las expectativas de ese niño en específico, teniendo en cuenta a los que presentan otra discapacidad. Se debe consultar a expertos para asegurar que los proveedores tengan los conocimientos y habilidades requeridos para abordar las necesidades particulares del niño.
- Los proveedores de acogida temporal deben saber manejar otra discapacidad que pueda requerir recursos adicionales, en caso de que el niño sordo la tenga.
- Los proveedores de acogida temporal deben conocer los recursos educativos y comunitarios relevantes para la edad del niño, desde programas de padres y niños, hasta la educación especial, servicios de transición y rehabilitación vocacional. Dichos recursos incluyen la Asociación Nacional de Sordos (NAD) y las asociaciones estatales de sordos.
- Los proveedores de acogida temporal deben estar dispuestos y ser capaces de defender los derechos del niño en la escuela, en ámbitos médicos, en los procesos de acogida temporal y en cualquier otro sistema en que el niño se desenvuelva.
- Los proveedores de acogida temporal deben ser conscientes y estar preparados para participar en el asesoramiento familiar para ayudar al niño en acogida en lo que se acostumbra integra con la nueva familia y ayudar a ésta a adaptarse al niño que es acogido.
- Los proveedores de acogida temporal deben conocer las leyes estatales y federales relacionadas con la educación especial, que de manera enunciativa más no limitativa son la Ley de Educación para Individuos con Discapacidad y los reglamentos locales, según aplican a la educación y los derechos de los niños sordos.
- Los proveedores de acogida temporal deben conocer los derechos civiles de las personas con discapacidad, incluyendo la Ley de Estadounidenses con Discapacidad y la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973.
- Los proveedores de acogida temporal deben conocer y estar dispuestos a proporcionar dispositivos auxiliares, que de manera enunciativa más no limitativa son los dispositivos de telecomunicación, como el videoteléfono, acceso al internet, subtítulos opcionales en los televisores y sistemas de alerta visuales (alarmas contra incendios, timbres, señalizadores telefónicos). También debe estar disponible tecnología de asistencia auditiva, así como cualquier otro recurso médico necesario.
Atención a los factores de riesgo
En adición a los 10 lineamientos antes mencionados, los proveedores de acogida temporal y los profesionales deben de estar atentos a los posibles factores de riesgo que se mencionan:
- Si bien no hay estadísticas precisas disponibles sobre el número de niños sordos actualmente en acogida temporal, se ha informado que un gran número de niños con discapacidad, y en especial los sordos, sufren altas tasas de abuso sexual, físico y emocional (Sullivan, 2003; Sullivan y Knutson, 2000).
- Los niños sordos son más propensos a faltar más a la escuela (Altshuler, 1997), a tener una permanencia más alta de trastornos psicológicos (Díaz et al., 2004), a experimentar el aislamiento social en las escuelas convencionales (Gennen y Powers, 2006) y a tener una probabilidad más alta de no pasar al próximo grado (Smithgall et al., 2004).
- Los niños sordos tienen menos recursos para denunciar el abuso y pueden estar limitados al personal que maneja la lengua de señas o incluso solo al intérprete de lengua de señas (Andrews, Shaw y Lomas, 2011).
- La privación del lenguaje que sufren muchos niños sordos, como un acceso limitado a la lengua, incluyendo la ASL, pueden resultar en carencias grandes de conocimientos conceptuales y contextuales, la falta de conciencia de la sexualidad y la educación sexual, frustración con la comunicación, aislamiento social, dificultades académicas y problemas de relación —todo lo cual puede manifestarse en depresión, conductas antisociales, uso de drogas y alcohol y comportamientos ilícitos (Andrews, Shaw y Lomas, 2011; Sebald, 2008).
- Los niños sordos que han sido víctimas del abuso sexual pueden convertirse en victimarios y abusar de niños más pequeños (Vernon y Miller, 2002). Para evitar que esto suceda, es importante proporcionar servicios de terapia y salud mental adecuados con acceso cultural y lingüístico a los niños sordos en una acogida temporal accesible.
El acceso cultural y lingüístico en la acogida temporal
El acceso cultural y lingüístico a los servicios es esencial para los niños sordos en todas las etapas del sistema de acogida temporal, desde el momento de la llegada hasta el momento de salida.
Sistema de denuncias. Debe haber un sistema para reportar el abuso y la negligencia que sea accesible a los niños sordos. Dicho sistema pueda requerir compatibilidad con los teléfonos de texto, acceso al correo electrónico y la disponibilidad de videoteléfonos. Aunque aún está exigido por ley, el uso del TTY ya no es suficiente, ya que esta tecnología es casi obsoleta y ahora existen mejores métodos de acceso telefónico.
Trabajadores de casos capacitados. Los trabajadores de casos idóneos son aquellos que dominan la ASL y conocen la cultura del sordo, aunque no siempre están disponibles. No obstante, todos los trabajadores de casos deben recibir capacitación en la forma de trabajar con intérpretes de lengua de señas. Asimismo, deben tener competencias culturales en cuanto a la comunidad sorda y poder trabajar con niños sordos (Embry y Grossman, 2006).
Intérpretes de lengua de señas especializados. Si un trabajador de casos no domina la ASL, es necesario que trabaje con un intérprete de lengua de señas calificado que conoce el sistema de acogida temporal, la cultura del sordo y cómo trabajar con niños sordos. El papel del intérprete no debe ampliarse a otras funciones, como asesor, personal de apoyo para el niño sordo o tomar decisiones que afecten la vida del niño.
Representantes de agencias de sordos. Se recomienda encarecidamente que los trabajadores de casos consulten con representantes de una organización o agencia estatal que sirven a los usuarios sordos, incluyendo los niños sordos, para entender los recursos disponibles y para servir mejor a los niños sordos.
Evaluaciones psicológicas y del lenguaje. Cuando un niño sordo entra en acogida temporal, es necesario que se seleccionen evaluadores calificados que dominan la ASL para administrar las evaluaciones cognitivas, académicas y conductuales apropiadas, además de un análisis de competencias comunicativas y de lenguaje. Las evaluaciones realizadas por psicólogos que no dominan la ASL y que no están capacitados para trabajar con niños sordos pueden conducir a diagnósticos erróneos y a intervenciones de tratamiento inadecuadas. Muchos niños sordos con necesidades socioemocionales no abordadas en la familia a menudo carecen de competencias lingüísticas, tanto en la lengua de señas como en la lengua oral, y son más vulnerables si se involucran con la detención juvenil o con el sistema de justicia penal. Además, cualquier servicio que reciba el niño en el sistema escolar público debe documentarse en su programa de educación individualizado (en inglés, Individualized Education Program o IEP), el cual es un documento que lleva todos los servicios de educación especial que recibe el niño en la escuela. El equipo de IEP o la parte remitente debe trabajar con las escuelas y los proveedores para determinar si se han realizado las evaluaciones apropiadas, así como para evitar pruebas innecesarias.
El espectro de las ubicaciones accesibles caseras. Las determinaciones de las ubicaciones se deben basar en lo que es accesible y apropiado para el niño sordo, lo cual incluye servicios de apoyo del lenguaje para la ubicación con familiares, hogares de acogida accesibles y ubicaciones de acogida terapéuticas. Los ámbitos de acogida temporal deben proporcionar un ambiente que sea accesible lingüísticamente y que mejore el desarrollo del lenguaje. Muchos niños sordos en acogida llegan con experiencias de privación del lenguaje o de lenguaje empobrecido. Necesitan estimulación las 24 horas para desarrollar el lenguaje, el cual es un requisito para la recuperación emocional. En consecuencia, los cuidadores deben tener competencia en el idioma, es decir, que manejen o dominen el lenguaje del niño, lo cual se demuestra a través de mediciones aceptadas del dominio de la ASL (como los exámenes de SLPI, ASLPI, etc.). Además, se requiere la disponibilidad de ubicaciones accesibles caseras, como se explica en el documento de posición de la NAD sobre los servicios de salud mental infantil.
Acceso a personal médico de salud mental. Los niños sordos necesitan acceso a profesionales de salud mental que dominen el idioma del niño y que tengan la capacitación para trabajar con niño sordos con o sin otra discapacidad. Dicho personal médico entiende el impacto específico de la carencia lingüística, las tasas altas de abuso y negligencia entre los niños sordos y la mayor inclinación a caer en depresión, ansiedad, agresión y dificultades de apego.
Abogados y tutores ad litem. A los efectos de la representación legal de los niños sordos, los tribunales deben nombrar solo abogados y tutores que han recibido capacitación especial en las necesidades únicas de los niños sordos y que pueden comunicarse con niños sordos, de preferencia directamente, o indirectamente a través de intérpretes calificados y capacitados. Cada estado deben desarrollar un plan para reclutar a personas sordas y a oyentes que dominen la ASL para ser tutores ad litem.
Participación en las audiencias de acogida temporal. Los niños sordos deben asistir a las audiencias, cuando sea clínicamente apropiado. Los tribunales deben proporcionar intérpretes calificados para que el niño sordo pueda participar en las audiencias y se les dé la oportunidad de comunicarse directamente con el juez en el tribunal o en su despacho.
Planes de reunificación familiar. Los planes de reunificación familiar deben reconocer las necesidades lingüísticas y comunicativas del niño sordo y deben garantizar que dichas necesidades se cumplen dentro del contexto de la vida familiar, escolar y comunitaria. Cuando los planes de reunificación no son apropiados, la planificación de permanencia igualmente debe considerar las necesidades lingüísticas y comunicativas del niño y buscar ubicaciones permanentes accesibles y apropiadas. Debido a las muchas circunstancias particulares señaladas en este documento, los proveedores de programas de educación para padres deben colaborar con las agencias de servicios para sordos en ofrecer una capacitación adecuada para que los padres tomen en consideración estas circunstancias particulares.
Desafíos y servicios sistémicos necesarios más allá de la acogida temporal, incluyendo la acogida terapéutica
Los condados y gobiernos municipales, sobretodo los que son rurales, normalmente son incapaces de abordar las necesidades particulares de los niños sordos en acogida (Center for Public Policy Priorities, 2009). La NAD insta a todos los estados a desarrollar protocolos apropiados para abordar las necesidades de los niños sordos en acogida. El estado debe colaborar con personas apropiadas para desarrollar el plan estatal, incluyendo adultos sordos con experiencia personal de la acogida temporal, padres de acogida sordos, padres de acogida oyentes que dominen la ASL y han acogido a niños sordos y profesionales oyentes que dominen la ASL. El plan debe considerar el establecimiento de una unidad de gestión de casos para sordos, así como la identificación de otros proveedores de servicios, incluyendo proveedores de salud mental que pueden aportar ayuda bien fundamentada.
Desarrollo de políticas. La NAD recomienda que las agencias estatales para el bienestar infantil trabajen con sus propios medios para los sordos, como son las asociaciones estatales de sordos y las organizaciones locales de sordos, cuando éstas estén disponibles y sean eficaces, para desarrollar políticas y procedimientos para la investigación y gestión de casos y la ubicación de niños sordos. Los estados deben hacer esfuerzos significativos para reclutar a adultos sordos y oyentes que dominen la ASL para que sean padres de acogida. Se debe emplear a las asociaciones estatales de sordos y las comunidades locales de sordos para que ayuden a encontrar y capacitar a posibles padres de acogida sordos.
Monitoreo de niños. Las agencias estatales para el bienestar infantil deben desarrollar un sistema para monitorear a los niños sordos que entren al sistema de acogida temporal. Algunos documentos, como los expedientes académicos, registros médicos y de salud mental, entre otra información clave, no siempre acompañan al niño. Dichos documentos, incluyendo el IEPS, pueden ser una fuente sólida de información para los proveedores del tratamiento.
Servicios de transición. Los niños que superan la edad máxima del sistema de acogida temporal son más propensos a abandonar la escuela, a no conseguir empleo, a necesitar programas asistenciales y a pasar por situaciones de indigencia. La NAD recomienda que los sistemas de bienestar infantil ofrezcan servicios de transición adaptados para cumplir con las necesidades de los niños sordos que superan la edad máxima del sistema, lo cual puede incluir canalizar al adolescente a los servicios de rehabilitación vocacional, los centros de vida independiente y otros servicios sociales.
Servicios de salud mental. Debido al trauma psicológico y emocional que viven los niños sordos en acogida cuando están separados de sus familias, especialmente debido a las necesidades de lenguaje y comunicación, sus casos deben ser asignados a proveedores de salud mental o de servicios del condado que dominen la ASL.
Centros de tratamiento residenciales. Los niños sordos que han sido objeto del maltrato a menudo tienen comportamientos que puedan requerir un nivel de atención más alto, como acogida terapéutica. La acogida terapéutica incluye ubicaciones en hogares, hospitales y lugares adecuados. La NAD recomienda que se identifiquen y se usen programas especializados y eficazmente culturales para tratar a los niños sordos, incluso cuando sea necesario la ubicación puede ser fuera del estado.
Resumen
Los niños sordos requieren una acogida temporal que sea lingüística y culturalmente accesible, y que incluya servicios médicos, psicológicos, educativos y de salud mental adecuados. El presente documento de posición tiene la intención de ofrecer una hoja de ruta para todos los profesionales y agentes que trabajan en el sistema de acogida temporal para garantizar la provisión adecuada de servicios de canalización y atención a los niños sordos.
Bibliografía:
- Altschuler, S. (1997). Reveille for school social workers: Children in foster care need our help [Un toque de diana para los trabajadores sociales escolares: los niños en situación de acogida temporal necesitan nuestra ayuda]. Social work in Education [El trabajo social en la educación], 19, 121-127.
- Andrews, J., Shaw, P., y Lomas, G. (2011). Deafness and Hearing Loss [La sordera y la pérdida auditiva]. En D. P. Hallahan y P. Pullen, (Eds.), Handbook of Special Education [Manual de educación especial] (pp. 233-246). Upper Saddle River, NJ: Pearson Higher Ed.
- Center for Public Policy Priorities [Centro para las prioridades de políticas públicas] (2009). A better understanding of caseworker turnover within child protective services [Una mejor comprensión de la rotación de los trabajadores de casos en los servicios de protección infantil] (página de política n.o09-364). Obtenido del sitio web del Departamento de Servicios Familiares y de Protección de Texas en: http://www.cppp.org/files/4/364%20DFPS%20workforce.pdf
- Díaz, A., Edwards, S., Neal, W. P., Elbirt, P., Rappaport, M., Kierstead, R., y Colon, B. (2004). Foster children with special needs: The Children’s Aid Society experience [Los niños de acogida con necesidades especiales: la experiencia de la Children’s Aid Society]. Mount Sinai Journal of Medicine [La revista médica de Mount Sinai], 71(3), 166-169.
- Embry, R. A. y Grossman, F. D. (2006). The Los Angeles response to child abuse and deafness: A social movement theory analysis [La respuesta en Los Ángeles al abuso infantil y la sordera: un análisis de la teoría de movimiento social]. American Annals of the Deaf [Anales de los sordos en Estados Unidos], 151(5), 488-498.
- Geenen, S. y Powers, L.E. (2006). Are we ignoring youth with disabilities in foster care? [¿Estamos pasando por alto a los jóvenes con discapacidades en la acogida temporal?] Social Work [Trabajo social], 51(3), 233-241.
- Sebald, A. M. (2008). Child abuse and deafness: An overview [Perspectiva general del abuso infantil y la sordera]. American Annals of the Deaf [Anales de los sordos en Estados Unidos], 153(4), 376-383.
- Smithgall, C., Gladden, R., Howard, E., Goerge, R., Courtney, M. (2004). Educational experiences of children in out-of-home care [Las experiencias educativas de los niños bajo el cuidado fuera del hogar]. Chicago: Chapin Hall Center for Children en la Universidad de Chicago.
- Sullivan, P. (2003). Violence against children with disabilities: Prevention, public policy, and research implications [La violencia contra los niños con discapacidades: las implicaciones de la prevención, políticas públicas y la investigación]. En D. K. Marge (Ed.), A call to action: Ending crimes of violence against children and adults with disabilities [Un llamado a la acción: poner fin a los delitos de violencia contra los niños y adultos con discapacidades] (págs.127-158). Nueva York: Upstate Medical University Duplicating and Printing Services [Servicios de reproducción e impresión de Upstate Medical University].
- Sullivan, P. M. y Knutson, J. F. (2000). Maltreatment and disabilities: A population-based epidemiological study [El maltrato y las discapacidades: un estudio epidemiológico basado en la población]. Child Abuse & Neglect [El abuso y la negligencia infantil], 24(10), 1257-1274.
- Vernon, M. (2010). The horror of being deaf and in prison [El horror de ser sordo y preso]. American Annals of the Deaf [Anales de los sordos en Estados Unidos], 155(3), 311-321.
- Vernon, M. & Miller, K, (2002).Issues in the sexual molestation of deaf youth [Cuestiones del abuso sexual de jóvenes sordos]. American Annals of the Deaf [Anales de los sordos en Estados Unidos], 147(5), 28-35.