La NAD considera que TODOS los niños sordos e hipoacúsicos tienen derecho a una educación pública, apropiada y gratuita (en inglés, free and appropriate public education o FAPE) en el medio académico menos restrictivo (en inglés, least restrictive environment o LRE), y en el entorno que presente el menor número de barreras lingüísticas y comunicativas para su desarrollo cognitivo, social y emocional. Además, la NAD considera que el acceso directo y deshinibido a la comunicación en todas las facetas de la programación1 de una escuela es esencial para que los niños sordos e hipoacúsicos logren su máximo potencial humano.
La NAD considera que la ubicación escolar apropiada con el medio académico menos restrictivo para un niño sordo o hipoacúsico es aquella que:
- garantiza el pleno desarrollo del lenguaje del niño;
- aumenta el desarrollo cognitivo, social y emocional del niño;
- se basa en las habilidades del lenguaje del niño;
- ofrece el acceso directo al lenguaje y a la comunicación2 de los docentes y otros profesionales;
- cuenta con un número adecuado de compañeros de la misma edad y del mismo nivel quienes comparten el mismo idioma del niño y sus preferencias de comunicación;
- toma en consideración el nivel de audición y capacidades del niño;
- está atendido por un personal certificado y calificado3 con la capacitación para trabajar con niños sordos e hipoacúsicos;
- ofrece acceso al plan de estudios4 de educación en general con modificaciones a la pedagogía que tomen en cuenta las necesidades del lenguaje, aprendizaje y comunicación particulares del niño;
- ofrece acceso pleno a todas las ofertas curriculares y extracurriculares que normalmente se encuentran en los ámbitos educativos;
- cuenta con un número adecuado de modelos sordos e hipoacúsicos, incluyendo adultos;
- ofrece acceso pleno a los servicios de apoyo;
- cuenta con el apoyo de padres informados5; y
- está equipado con tecnologías adecuadas de comunicación y aprendizaje.6
La plena inclusión se refiere a la ubicación frecuente de todos los niños con discapacidad en las escuelas de su vecindario, independientemente de sus habilidades y necesidades particulares. Es un concepto arraigado en ideología que se diferencia, y va en contra, de la provisión de la FAPE y el LRE. La plena inclusión no es una orden federal de que todos los niños deben ubicarse en dichos ámbitos. Los partidarios de la plena inclusión a menudo piden la eliminación de escuelas y programas especiales7 para todos los estudiantes con discapacidad, incluso los estudiantes sordos e hipoacúsicos.
En apoyo a los partidarios de la plena inclusión, existen aquellos que promueven la inclusión y un enfoque menos radical, uno que reconoce el espectro de las opciones de ubicación alternativas. Sin embargo, algunos defensores de este enfoque menos radical siguen promoviendo la noción de que el aula regular siempre es la primera opción, desechando por completo la prestación de servicios esenciales basada en una evaluación integral de cada niño. La NAD considera que dichos enfoques son una violación directa de la Ley de Educación para Individuos con Discapacidad (IDEA). En el caso de muchos niños sordos e hipoacúsicos, la falta de aplicación y seguimiento adecuado de las disposiciones de «Factores especiales» de las Enmiendas de 1997 a IDEA, en efecto crea barreras al lenguaje y a la comunicación que son potencialmente dañinas y, en consecuencia, niegan a muchos de estos niños una FAPE y el LPE.
Según dispone la sección de Factores especiales de IDEA, parte B, sección 614(d)(3)(B)(iv), el Equipo del programa de educación individualizado (en inglés, individualized education program o IEP) «tomará en cuenta las necesidades de comunicación del niño, y en el caso de un niño sordo o hipoacúsico, tomará en cuenta sus necesidades de lenguaje y de comunicación; las oportunidades para la comunicación directa con sus compañeros y el personal profesional en el idioma y el modo de comunicación del niño; su nivel académico; y la amplia gama de necesidades, inclusive las oportunidades de instrucción directa en el idioma del niño y su modo de comunicación».
El Congreso aclaró además la intención de esta disposición en el texto del informe adjunto (Informe 105-95, pág. 104-5):
«El Equipo también debe tomar en cuenta las necesidades de comunicación del niño con el fin de asegurar que las agencias educativas locales entiendan mejor las necesidades particulares de los niños sordos e hipoacúsicos; la sección 614(d)(3)(B)(iv) incluye factores especiales que deben tenerse en cuenta en el desarrollo de los IEP para dichos niños. La política incluida en el proyecto de ley dispone que, en el caso de un niño sordo o hipoacúsico, el equipo de IEP debe tomar en consideración las necesidades de lenguaje y de comunicación del niño; las oportunidades para la comunicación directa con sus compañeros y el personal profesional en el idioma y el modo de comunicación del niño; el nivel académico del niño; y la amplia gama de necesidades del niño, incluyendo las necesidades sociales, emocionales y culturales del niño y las oportunidades de instrucción directa en el idioma del niño y su modo de comunicación. El Comité también tiene la intención de que esta disposición se aplicará de una manera coherente con la orientación política titulada “Deaf Students Education Services” [Servicios educativos para estudiantes sordos], publicada en el Registro Federal (57 Fed. Reg. 49274, 30 de octubre de 1992) por el Departamento de Educación de los EE. UU.»
Dicha orientación política de octubre de 1992 dispone:
«Cumplir con las necesidades de comunicación únicas de un estudiante sordo es parte fundamental de ofrecer una educación pública, apropiada y gratuita (FAPE) al niño. Cualquier medio académico, inclusive un aula regular que impida que un niño sordo reciba una educación apropiada que satisfaga sus necesidades, incluyendo las necesidades de comunicación, no es un LRE para el niño en particular» (pág. 49275).
Afirma además que el desarrollo de un IEP y la determinación de una FAPE en el LRE para un niño sordo o hipoacúsico debe tomar en consideración varios factores, los cuales incluyen:
- las necesidades de comunicación y el modo de comunicación preferido por el niño;
- las necesidades linguísticas;
- la gravedad de la pérdida auditiva y el potencial de uso de los restos auditivos;
- el nivel académico; y
- las necesidades sociales, emocionales y culturales, incluidas las oportunidades de interacción y comunicación con compañeros.
La NAD considera que puede ser apropiado ubicar a los estudiantes sordos e hipoacúsicos en las escuelas públicas con compañeros oyentes y sordos solamente si la determinación de la ubicación está basada en una evaluación integral de las necesidades únicas del niño, incluyendo la consideración de cada uno de los factores de ubicación señalados en el presente documento. Es crucial que las ubicaciones, servicios y programas educativos de los niños sordos e hipoacúsicos sean impulsados por la comunicación y, además, basados en una evaluación completa del niño por personal calificado que esté bien informado de la evaluación de personas sordas e hipoacúsicas. Además, los integrantes del equipo de IEP encargados de determinar la ubicación y los servicios educativos apropiados que se necesitan para el niño en particular deben estar bien informados de los temas relacionados con las capacidades y necesidades de lenguaje y comunicación de la población, incluyendo la diversidad sociolinguística de las personas sordas.
La NAD apoya además el desarrollo, mantenimiento y uso de ubicaciones ordenadas por las regulaciones del Continuo de ubicaciones alternativas de IDEA. Si bien el aula regular en la escuela del vecindario puede ser la ubicación apropiada para algunos estudiantes sordos e hipoacúsicos, para muchos no lo es. La NAD se compromete a preservar y extender el uso del Continuo de las ubicaciones alternativas para garantizar que cada niño sordo o hipoacúsico reciba una educación de calidad en un entorno apropiado.
Según lo declarado por el Congreso:
«El Comité apoya la política de larga duración del seguimiento de ubicaciones alternativas diseñadas para satisfacer las necesidades únicas de cada niño con discapacidad. Las opciones disponibles para la ubicación incluyen la instrucción en aulas regulares, aulas especiales, escuelas especiales, instrucción en el hogar e instrucción en hospitales e instituciones» (codificado en las regulaciones de 34 C.F.R. 330.551).
La NAD considera que se debe respetar esta orientación política de 1992 del Departamento de Educación de los EE. UU. y las disposiciones sobre los Factores especiales de la Enmiendas de 1997 a IDEA, y las decisiones sobre la ubicación se deben basar en una determinación de lo que es apropiado para el niño en particular. La ubicación de todos los niños sordos e hipoacúsicos en aulas regulares, según una doctrina de inclusión arraigada en ideología, es una violación flagrante de IDEA con graves consecuencias para muchos niños sordos e hipoacúsicos. Por tanto, la NAD se ve obligada a pedir que la Oficina de Educación Especial y Servicios de Rehabilitación del Departamento de Educación de los EE. UU. aumente significativamente su inspección y monitoreo de las decisiones de ubicación educacional a nivel estatal y local para asegurar el cumplimiento de la ley. Asimismo, la NAD pide que los departamentos estatales de educación y los distritos escolares locales respeten la ley y garanticen que los niños sordos e hipoacúsicos sean ubicados en ambientes académicos apropiados.
Elaborado por el Centro de Desarrollo de Políticas y Programas de Educación de la NAD.
Aprobado por la junta directiva de la NAD el 26 de enero de 2002.
1 Todas las ofertas curriculares y extracurriculares.
2 Oportunidades de comunicarse directamente con los profesores, sin intervención o dependencia excesiva de intérpretes y transliteradores.
3 Profesores, consejeros, psicólogos, intérpretes, transliteradores, etc.
4 Un plan de estudios no es ni un lugar ni una ubicación. El acceso a un plan de estudios de educación general apropiado para el niño en particular debe proporcionarse independientemente de la ubicación. El problema no es el plan de estudios, sino más bien la capacidad de un programa para modificar la entregarlo de una manera apropiada para el niño en particular.
5 Un padre informado es aquel que está plenamente sabedor de la gama de opciones educativas disponibles, y los pros y los contras de cada opción, con respecto a las habilidades y necesidades particulares de su hijo.
6 Incluye tecnologías orientadas a las capacidades visuales del niño (p. ej., calculadoras gráficas, tecnologías de vídeo, computadoras, pizarrones digitales, etc.).
7 Escuelas residenciales, escuelas sin internado, escuelas centrales dentro de los distritos, aulas especiales, etc.